Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública
Los sujetos obligados de los Poderes Ejecutivos Federal, de las entidades federativas y municipales
o de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, además de lo señalado en el artículo anterior, deberán
poner a disposición del público y actualizar, conforme al ámbito de su competencia.
VII.- Los proyectos de disposiciones administrativas
Los proyectos de disposiciones administrativas, salvo que su difusión pueda comprometer los efectos que se pretenden lograr con la disposición o se trate de situaciones de emergencia, en términos de lo previsto en la Ley General de Mejora Regulatoria